Cómo contestar un requerimiento de la AEAT paso a paso

    Un requerimiento de Hacienda tiene plazo corto y consecuencias reales si se desatiende. Esta guía recoge el procedimiento completo: identificar el tipo, calcular el plazo, preparar la documentación, redactar el escrito y presentarlo en la sede electrónica.

    Lo primero: el plazo

    El plazo corre desde el día siguiente a la notificación. Si la recibes en la sede electrónica y no accedes, se entiende notificada a los 10 días naturales. Calcula la fecha límite antes de ponerte con la documentación.

    Los 6 pasos del procedimiento

    1. 1Identifica qué tipo de requerimiento es

      Mira el encabezado de la notificación: no es lo mismo un requerimiento de información (art. 93 LGT), uno de comprobación limitada (art. 136 LGT) o una propuesta de liquidación provisional. El tipo determina el plazo, lo que puedes aportar y si cabe recurso posterior.

    2. 2Anota el plazo exacto desde la notificación

      El plazo se cuenta desde el día siguiente a la notificación (o al acceso a la sede electrónica; si no accedes, se entiende notificado a los 10 días naturales). Los plazos por días son hábiles y los meses son de fecha a fecha.

    3. 3Reúne solo la documentación solicitada

      Aporta exactamente lo que se pide: facturas, libros registro, extractos bancarios o contratos concretos. Enviar documentación de más amplía el foco de la comprobación sin necesidad.

    4. 4Redacta el escrito con la estructura formal

      Identificación del obligado tributario y del expediente, referencia al requerimiento y su fecha, exposición de hechos, fundamentos jurídicos con la norma aplicable y una relación numerada de los documentos que se adjuntan.

    5. 5Presenta en la sede electrónica y guarda el justificante

      Se presenta con certificado digital o Cl@ve en la sede electrónica de la AEAT, en el trámite de contestación asociado al expediente. Descarga el justificante con el CSV: es la prueba de que has contestado en plazo.

    6. 6Controla la respuesta y los plazos posteriores

      Si llega propuesta de liquidación, tienes trámite de alegaciones. Frente al acuerdo de liquidación caben recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en un mes.

    Sube la notificación a GestorIA y recibe el borrador de contestación con los plazos y la normativa citada.

    Qué debe contener el escrito

    • Datos del obligado tributario (nombre, NIF, domicilio a efectos de notificaciones).
    • Número de expediente y referencia del requerimiento, con su fecha de notificación.
    • Exposición ordenada de los hechos, sin valoraciones innecesarias.
    • Fundamentos jurídicos: artículos de la LGT, de la ley del impuesto y consultas vinculantes aplicables.
    • Solicitud concreta (que se tenga por contestado el requerimiento y por aportada la documentación).
    • Relación numerada de documentos adjuntos.

    Errores que más caros salen

    • Dejar pasar el plazo por no revisar la sede electrónica: la notificación se entiende hecha aunque no la abras.
    • Contestar con explicaciones sin adjuntar la prueba documental que las respalda.
    • Aportar documentación no solicitada que abre nuevas líneas de comprobación.
    • No citar la norma concreta en la que apoyas tu posición.
    • Olvidar la relación numerada de documentos: dificulta la revisión y genera requerimientos de subsanación.
    • Confundir un requerimiento de información con el inicio de una comprobación limitada y renunciar a alegar.

    Preguntas frecuentes

    Contenido informativo elaborado a partir de la Ley 58/2003 General Tributaria y de la información publicada por la Agencia Tributaria. No sustituye al asesoramiento profesional sobre un expediente concreto.