¿Qué necesitas para darte de alta como autónomo en 2025?
Darse de alta como autónomo en España sigue siendo uno de los trámites más consultados del año. Si estás pensando en emprender por cuenta propia, aquí tienes la guía actualizada con todos los pasos, plazos y novedades de 2025.
Requisitos previos
Antes de iniciar el alta, necesitas tener claro:
- Actividad económica que vas a desarrollar (el epígrafe IAE correspondiente)
- DNI/NIE en vigor
- Cuenta bancaria para domiciliar la cuota de autónomos
- Certificado digital o Cl@ve PIN (imprescindible para trámites telemáticos)
Paso 1: Alta en Hacienda (AEAT)
El primer trámite es darte de alta en el Censo de Empresarios mediante el modelo 036 o 037 (simplificado). Debes hacerlo antes de iniciar la actividad o el mismo día del comienzo.
Qué datos necesitas para el modelo 036/037
- Epígrafe IAE: identifica tu actividad. Consulta la lista completa en la web de la AEAT. Por ejemplo, 631.1 para comercio menor de muebles, 841 para actividades jurídicas.
- Régimen de IVA: la mayoría de autónomos tributan en régimen general. Si facturas solo a particulares y cumples requisitos, puedes acogerte al recargo de equivalencia o al régimen simplificado.
- Método de estimación del IRPF: estimación directa simplificada (la más común) o estimación objetiva (módulos).
- Domicilio fiscal y de actividad
Trámite online
Puedes presentar el modelo 036/037 por internet con certificado digital en la Sede Electrónica de la AEAT. El trámite es gratuito e inmediato.
Paso 2: Alta en la Seguridad Social (RETA)
Tras el alta en Hacienda, tienes 30 días naturales para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) mediante el portal Import@ss.
Sistema de cotización por ingresos reales (2025)
Desde 2023, los autónomos cotizan según sus ingresos reales netos. En 2025 las cuotas mensuales oscilan entre:
| Tramo de rendimientos netos | Base mínima | Cuota mínima (aprox.) |
|---|---|---|
| Hasta 670 €/mes | 653,59 € | 200 € |
| 670 – 900 €/mes | 718,95 € | 220 € |
| 900 – 1.166 €/mes | 849,67 € | 260 € |
| 1.166 – 1.300 €/mes | 950,98 € | 291 € |
| 1.300 – 1.500 €/mes | 960,78 € | 294 € |
| 1.500 – 1.700 €/mes | 960,78 € | 294 € |
| 1.700 – 1.850 €/mes | 1.143,79 € | 350 € |
| 1.850 – 2.030 €/mes | 1.209,15 € | 370 € |
| Más de 2.030 €/mes | Hasta 1.732,03 € | 530 € |
Tarifa plana para nuevos autónomos
Si es tu primera vez como autónomo (o han pasado más de 2 años desde tu última baja), puedes acogerte a la tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, independientemente de tus ingresos. Esta cuota se puede prorrogar otros 12 meses si tus rendimientos netos están por debajo del SMI.
Paso 3: Comunicación al Ayuntamiento
Si tu actividad requiere un local u oficina, necesitarás la licencia de apertura o declaración responsable en tu ayuntamiento. Las actividades desde casa sin atención al público generalmente no requieren este trámite.
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Obligaciones fiscales trimestrales
Una vez dado de alta, tus obligaciones periódicas serán:
- Modelo 303 (IVA trimestral): declaración del IVA repercutido menos el soportado. Plazos: 20 de abril, julio, octubre y 30 de enero.
- Modelo 130 (pago fraccionado IRPF): 20% del beneficio neto acumulado menos retenciones. Mismos plazos que el 303.
- Modelo 390 (resumen anual IVA): presentación en enero del año siguiente.
- Declaración de la Renta (IRPF anual): entre abril y junio del año siguiente.
Si emites facturas con retención a empresas o profesionales, puedes estar exento del modelo 130 si más del 70% de tus ingresos llevan retención.
Gastos deducibles desde el primer día
Como autónomo puedes deducir los gastos necesarios para tu actividad:
- Cuota de autónomos (Seguridad Social)
- Suministros del local o vivienda (30% si trabajas desde casa)
- Material de oficina y herramientas
- Dietas y desplazamientos (con límites: 26,67 €/día en España)
- Formación profesional relacionada con tu actividad
- Seguros de responsabilidad civil o del local
- Servicios profesionales (asesoría, gestoría, abogados)
Errores comunes al darse de alta
- No darse de alta en Hacienda antes de emitir la primera factura: las facturas anteriores al alta censal no son deducibles para tus clientes.
- Elegir mal el epígrafe IAE: puede provocar inspecciones o problemas con deducciones.
- No solicitar la tarifa plana a tiempo: debe pedirse al darse de alta, no después.
- Olvidar las obligaciones trimestrales: la AEAT puede imponer recargos del 5-20% por presentación fuera de plazo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?
El trámite de alta es gratuito. El coste mensual es la cuota de autónomos, que empieza en 80 €/mes con tarifa plana o entre 200-530 €/mes según ingresos reales.
¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?
Sí, es lo que se conoce como pluriactividad. Puedes beneficiarte de una reducción en la base de cotización si ya cotizas por el Régimen General.
¿Necesito un gestor para darme de alta?
No es obligatorio, pero es muy recomendable. Un gestor te ayuda a elegir el epígrafe correcto, la forma de tributación más favorable y evitar errores costosos.
¿Puedo darme de alta como autónomo sin actividad?
No. El alta en el RETA está vinculada al ejercicio efectivo de una actividad económica. Darte de alta sin actividad real puede generar problemas con la Seguridad Social.
¿Qué pasa si facturo poco? ¿Puedo no darme de alta?
La obligación de alta existe desde el primer euro facturado de forma habitual. El Tribunal Supremo ha establecido que la habitualidad se presume cuando los ingresos superan el SMI, pero técnicamente la obligación existe siempre que haya actividad regular.
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