Desde el 1 de enero de 2023, la tarifa plana de autónomos quedó fijada en 80 € mensuales durante los primeros 12 meses de alta en el RETA, independientemente de la base de cotización elegida. Esta bonificación se mantiene vigente en 2025 y se rige por el RDL 13/2022 que estableció el sistema de cotización por ingresos reales.
Requisitos para acceder a la tarifa plana
Para beneficiarte de la cuota reducida de 80 € debes cumplir:
- Ser nuevo en el RETA o no haber estado dado de alta en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste de tarifa plana antes).
- No tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda al alta.
- Solicitar expresamente la bonificación al darte de alta en el modelo TA.0521.
No se exige edad mínima ni máxima. Sí pueden acceder mujeres, hombres, menores de 30, mayores, personas con discapacidad y autónomos colaboradores.
Ampliación a 24 meses por rendimientos bajos
Tras los primeros 12 meses con cuota de 80 €, puedes ampliar otros 12 meses adicionales si tus rendimientos netos anuales son inferiores al SMI (15.876 € en 2025). La ampliación se solicita expresamente y se mantiene la cuota de 80 €.
Si superas el SMI, pasarás a cotizar por la base que te corresponda según tus rendimientos reales en el sistema por tramos.
Cómo se calculan los rendimientos netos
Para la Seguridad Social los rendimientos netos se calculan como:
Ingresos íntegros − Gastos deducibles − 7% deducción por gastos genéricos (3% sociedades)
El 7% deducción genérica se aplica automáticamente sobre los rendimientos netos de tu actividad. Para autónomos societarios, el porcentaje es del 3%.
Quién NO puede acceder a la tarifa plana
- Autónomos societarios que ya hayan disfrutado de la tarifa plana en los últimos 3 años.
- Familiares colaboradores que ya hubieran cotizado por esta bonificación previamente.
- Pluriactividad con cotización simultánea en el régimen general por encima de ciertos umbrales (existe una bonificación distinta).
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Comparativa con el sistema general por tramos
Sin tarifa plana, un autónomo cotiza según su tramo de rendimientos netos. Para una previsión de 1.700 € netos mensuales la cuota base 2025 ronda los 310 €/mes. Por tanto, la tarifa plana supone un ahorro aproximado de 2.760 € en el primer año y, si amplías, hasta 5.500 € en dos años.
| Concepto | Tarifa plana | Cuota normal (tramo medio) |
|---|---|---|
| Cuota mensual | 80 € | 200-400 € |
| Duración | 12 meses (+12 si bajos ingresos) | Indefinida |
| Base cotización | Mínima del tramo 1 | Según rendimientos reales |
Pérdida de derechos: lo que conviene saber
Cotizar solo por la base mínima durante la tarifa plana reduce tus bases reguladoras para futuras prestaciones (jubilación, IT, cese de actividad). Si tu situación económica te lo permite, valora cotizar voluntariamente por una base superior, aunque pierdas parcialmente la bonificación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la tarifa plana si ya fui autónomo hace 5 años?
Sí. Solo se exige no haber estado de alta en el RETA en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste de tarifa plana antes).
¿Cuánto pago tras los 12 meses de tarifa plana?
Si tus rendimientos netos son inferiores al SMI (15.876 € en 2025), puedes ampliar 12 meses más a 80 €. Si los superas, pasas al sistema por tramos según tus rendimientos reales.
¿La tarifa plana cubre IT, jubilación y cese de actividad?
Sí. Cotizas con todas las contingencias incluidas, pero por la base mínima, lo que reduce las prestaciones futuras.
¿Los autónomos societarios tienen tarifa plana?
Sí, desde 2023 acceden en las mismas condiciones que los autónomos personas físicas, siempre que cumplan los requisitos generales.
Recursos relacionados
- Calculadora de cuota de autónomos 2025
- Tabla de cuotas de autónomos por ingresos
- Cómo darse de alta como autónomo en 2025
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